Mostrando entradas con la etiqueta Dispensación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Dispensación. Mostrar todas las entradas

Vacuna varicela y dispensación en farmacias, en Saber Vivir

16.03.2015

Vacuna de la varicela y dispensación en las farmacias 
en el programa Saber Vivir (Las Mañanas)

La REAP ha participado en el programa de TVE Las Mañanas - Saber Vivir para explicar 
nuestra postura sobre la venta de la vacuna de la varicela en las Farmacias Españolas.


Eduardo Satue secretario de la REAP ha compartido debate con Idelfonso Hernández Presidente de  SESPAS



Documento SESPAS: Vacuna de la varicela

03.11.2014

Vacuna de la varicela: salud pública y dispensación



En 2013 el Ministerio de Sanidad decidió retirar la vacuna de la varicela (Varivax©) de las farmacias comunitarias y restringirlo a la farmacia hospitalaria. La razón aducida por el Ministerio de Sanidad es que se estaba abusando de su uso en niños pequeños y que es preferible la inmunidad natural a la inducida. La OMS recomienda su uso principalmente en niños mayores de 12 años que no hayan pasado la varicela de forma natural o en todo caso, de forma sistemática alcanzando una cobertura de más del 85%, a fin de no generar externalidad negativa (el uso en solo una parte de la población puede conllevar efectos perniciosos en los no vacunados). 


La Sociedad Española de Salud Pública y Administraciones Sanitarias (SESPAS), a petición de la Red Española de Atención Primaria (REAP) y de acuerdo con ella, ha creado un documento con su posicionamiento al respecto.


Propuesta REAP dispensación vacuna varicela en oficinas de farmacia

06.10.2014


Propuesta REAP para la dispensación de la vacuna de la varicela 
en oficinas de farmacia




Las vacunas, como cualquier otro medicamento, debe usarse con las mayores garantías posibles y de forma racional de acuerdo a las pruebas científicas disponibles.
- REAP apoya la necesidad planteada por el Ministerio de Sanidad de delimitar las condiciones de prescripción de la vacuna de la varicela y considera que determinadas vacunas con externalidad negativa, como puede ser ésta, deben disponer de unas condiciones especiales de prescripción y dispensación que permitan la mejor protección de la salud pública.
- REAP considera que en ningún caso estas medidas adicionales están reñidas con la dispensación en farmacia comunitaria, como viene demostrando la farmacia con la dispensación habitual y eficiente de muchos medicamentos especiales tales como psicótropos, estupefacientes, diagnóstico hospitalario, o sometidas a especial control médico entre otras.
REAP considera que la restricción de la dispensación a farmacias hospitalarias cuando no existe una necesidad de seguimiento y pruebas hospitalarias en su administración es un menoscabo a la atención primaria que perjudica al paciente ya que le supone desplazamientos innecesarios (de hasta más de 100 km en el medio rural) y descoordinación en el seguimiento de su medicación por los profesionales de primaria. El lugar natural de acceso al medicamento de uso ambulatorio es la farmacia comunitaria por su cercanía, profesionalidad y posibilidad de seguimiento global de la medicación del paciente, ya sean de prescripción, de automedicación o plantas medicinales.

Por todo ello, REAP considera que la solución más razonable para aunar la protección de la salud pública en el uso de este tipo de vacunas y el acceso y seguimiento al paciente que lo precisa es cambiar su estatus de medicamento Hospitalario (H) a medicamentos de Especial Control Médico(ECM), y que puedan prescribirse en Atención Primaria y dispensables en farmacia comunitaria bajo seguimiento de los protocolos que se consideren.