...A
destacar el siguiente texto:
Por efecto de la dinámica del Sistema de Precios de Referencia
que rige en nuestro ordenamiento jurídico, distintos medicamentos se han visto
sometidos a una constante bajada de precio, que ha provocado que la comercialización de
los mismos sea insostenible, ya que según alegan los laboratorios titulares, el
precio de producción del medicamento es actualmente superior a su precio de venta en el
Sistema Nacional de Salud, por lo que se ha anunciado la retirada inmediata del
medicamento del mercado español. Esto se traduce en un riesgo real de problemas de
suministro y desabastecimiento en el Sistema Nacional de Salud, que provoca que los
medicamentos afectados tengan que ser adquiridos vía medicamento extranjero con las negativas
consecuencias de impacto que ello supone, tanto a nivel sanitario, como a nivel
social y a nivel económico.
Ante la previsión de una nueva bajada en la OPR de 2018 y en
contestación a una indeseable situación de desabastecimiento de medicamentos
esenciales, no sustituibles por ningún otro de los actualmente financiados por el Sistema,
se ha adoptado la solución de no revisar el precio de referencia de determinadas
presentaciones incluidas en los conjuntos. A estos efectos, se considera medicamento esencial
aquel considerado como tal por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Estos son los
medicamentos que la OMS indica que deben estar disponibles en todo momento, en
cantidades suficientes, en las formas farmacéuticas apropiadas, con una calidad
garantizada, y a un precio asequible para las personas y para la comunidad.
Accede al BOE
No hay comentarios:
Publicar un comentario